Funciones de la Dirección General de Asuntos Jurídicos


Con fundamento en lo dispuesto en el numeral Cuarto del Acuerdo que Modifica las Funciones y Estructura de la Oficina de la Abogacía General de la Universidad Nacional Autónoma de México, publicado en Gaceta UNAM, el 3 de agosto de 2023, la Dirección General de Asuntos Jurídicos, tiene asignadas las siguientes funciones:

I. Atender los procesos prejudiciales y contenciosos en los que la Institución sea parte o tenga algún interés jurídico y que no sean competencia de las Oficinas Jurídicas;

II. Desahogar los requerimientos que presentan las autoridades judiciales, administrativas y ministeriales, locales y federales, que no sean competencia de las Oficinas Jurídicas;

III. Desahogar las consultas que formulen las entidades académicas, dependencias e instancias universitarias en materia de procedimientos de investigación administrativa, de aplicación de los contratos colectivos de trabajo y lo relacionado con el orden jurídico nacional;

IV. Colaborar con las instancias administrativas en los procedimientos de rescisión de contratos en materia de adquisiciones y, en su caso, tramitar el cobro de fianzas y seguros;

V. Asesorar, auxiliar e implementar el Procedimiento de Investigación Administrativa en las entidades académicas, dependencias e instancias universitarias que no cuenten con Oficina Jurídica o en aquellas que por instrucción de la persona titular de la Oficina de la Abogacía General se atraiga el procedimiento;


VI. Coadyuvar con la COJ en el desahogo de los asuntos de carácter jurídico que planteen las Oficinas Jurídicas;

VII. Dictaminar, validar, registrar, depositar y, en su caso, elaborar los instrumentos jurídicos consensuales que celebre la Universidad en materia de propiedad intelectual, así como llevar el control de los mismos;

VIII. Gestionar la protección y defensa de los derechos de propiedad intelectual, de la producción científica y tecnológica desarrollada por la Universidad;

IX. Llevar el control y registro de la propiedad intelectual, generados en la Universidad y dictaminar la procedencia de las solicitudes de pago de regalías a los autores universitarios;

X. Gestionar los asuntos y trámites de carácter migratorio del personal de nacionalidad extranjera en coordinación con las Oficinas Jurídicas, cuando sea el caso;

XI. Asesorar y brindar acompañamiento a las solicitudes de apoyo que presente cualquier integrante de la comunidad universitaria en los asuntos relacionados con violencia de género, en coordinación con la Defensoría de los Derechos Universitarios, Igualdad y Atención de la Violencia de Género, en los casos en que haya sido víctima de una conducta que pudiera ser constitutiva de delito o infracción administrativa;

XII. Asistir a las sesiones de las Comisiones Mixtas previstas en los contratos colectivos de trabajo del personal académico y administrativo, en representación de la Universidad; XIII. Asistir a la revisiones contractuales y salariales de los contratos colectivos de trabajo del personal académico y administrativo de la Universidad;

XIII. Informar a la Contraloría de la Universidad de los actos u omisiones que puedan ser causa de responsabilidad administrativa en los términos de la normativa universitaria;

XIV. Dictaminar la procedencia de las sanciones administrativas aplicables al personal de la Universidad que sean sometidas a su consideración;

XV. Fungir como Secretaría Técnica del Comité de Transparencia de la Universidad;

XVI. Conocer y desahogar los recursos de revisión en materia de acceso a la información y protección de datos personales ante el Instituto Nacional de Transparencia Acceso a la Información y Protección de Datos Personales;

XVII. Tramitar y desahogar las impugnaciones relacionadas con los procesos de renovación de cuerpos colegiados;

XVIII. Conocer y desahogar los recursos de impugnación que con motivo de elecciones se presenten ante la Comisión Especial Electoral del Consejo Universitario;

XIX. Impartir capacitación en materia jurídica, en el ámbito de su competencia, cuando las entidades académicas, dependencias e instancias universitarias lo requieran, en coordinación con la COJ;

XX. Fungir como titular de la vocalía de asuntos jurídicos;

XXI. Integrar y someter a consideración y aprobación de la persona titular de la Oficina de la Abogacía General el informe anual de actividades, y

XXII. Las demás que le solicite la persona titular de la Oficina de la Abogacía General y la normativa universitaria.