Funciones de la Dirección de Asuntos Jurídicos

OBJETIVO.

Dirigir la representación, procuración y defensa de los intereses jurídicos y patrimoniales de la Universidad Nacional Autónoma de México y de su autonomía constitucional ante las autoridades jurisdiccionales y administrativas locales o federales, en aquellos asuntos en que la Institución sea parte o tenga algún interés jurídico y que no sea responsabilidad de las Oficinas Jurídicas de las dependencias o entidades universitarias.


FUNCIONES.

I.  Coordinar la atención eficaz y oportuna de los juicios civiles, mercantiles, fiscales, agrarios, penales, contenciosos-administrativos, de amparo, procedimientos administrativos y demás controversias relacionadas con este tipo de asuntos, en aras de la defensa de los derechos e intereses de la Universidad y de la autonomía que Constitucionalmente cuenta la Institución;

II.  Representar legalmente y por delegación del Rector, de la Oficina de la Abogacía General, del Director General de Asuntos Jurídicos y demás autoridades universitarias, ante las autoridades administrativas y en los asuntos que se requiera jurídica y administrativamente su intervención.

III.  Coordinar acciones con la Fiscalía General de la República y Fiscalías de las entidades federativas, en la investigación de los delitos y querellas presentadas por la Universidad, coadyuvando en representación de ésta, en los procedimientos penales correspondientes, así como ante las autoridades administrativas correspondientes;

IV.  Asegurar el apoyo jurídico en el área de seguridad y vigilancia, así como brindar la asistencia jurídica a los miembros de la comunidad universitaria tendientes a la preservación del orden y la seguridad en el campus universitario, además de la procuración y defensa de las instalaciones e intereses patrimoniales de la Universidad.

V.  Dirigir la elaboración de las respuestas que deban brindarse a las solicitudes de opiniones, asesorías y consultas formuladas en las materias de su competencia, así como respecto de los estudios e investigaciones que se requieran en el ámbito de sus funciones, principalmente para la unificación de criterios y la emisión de lineamientos para la tramitación de procesos y procedimientos jurídico-contenciosos dentro de la Universidad;

VI.  Proponer, en el ámbito de sus funciones, los proyectos de disposiciones o dictámenes jurídicos que por su complejidad o confidencialidad deba atender directamente, conforme a las instrucciones de la persona titular de la Oficina de la Abogacía General o del titular de la Dirección General de Asuntos Jurídicos;

VII.  Proponer la celebración de convenios o contratos judiciales o extrajudiciales para la resolución o finiquito de las controversias judiciales o administrativas en las que la Universidad sea parte;

VIII.  Orientar a los órganos colegiados en que expresamente se le nombre o le sea conferida su representación por parte de la persona titular de la Oficina de la Abogacía General o de la Dirección General de Asuntos Jurídicos;

IX. Representar a las autoridades y funcionarios universitarios ante los Juzgados Federales cuando son señalados como autoridades responsables en las demandas de amparo Indirecto;

X. Dictaminar la procedencia de baja de bienes, según lo acordado por el Patronato;

XI. Formalizar y dar seguimiento a los trámites migratorios de la condición de estancia en nuestro país del personal de nacionalidad extranjera, así como mantener actualizada la Constancia de Inscripción de Empleador de los Representantes Legales autorizados ante el Instituto Nacional de Migración;

XII. Formalizar ante las instancias administrativas correspondientes el cobro de las fianzas derivadas de los contratos celebrados por la Universidad, así como los daños ocasionados a la Institución ante las compañías aseguradoras;

XIII. Informar a la Contraloría de la UNAM de los actos u omisiones que puedan ser causa de responsabilidad administrativa en los términos de la normatividad universitaria;

XIV. Someter a consideración de la persona titilar de la Dirección General de Asuntos Jurídicos, el Programa Anual de Actividades y el informe respectivo, correspondiente a la Dirección de Asuntos Jurídicos, y

XV.  Las demás que le sean conferidas por la persona titular de la Oficina de la Abogacía General o de la Dirección General de Asuntos Jurídicos.